Es una medida de ayuda para las personas que quieran empezar una actividad como autónomos, o incorporarse como parte contribuyente en alguna sociedad y necesiten capital. Consiste en el abono de toda la cantidad restante del paro en un solo pago.
Para solicitar esta ayuda, hay que estar desempleado y estar percibiendo la prestación en el momento; deben restar al menos tres meses de la misma. Sólo se puede pedir, además, si no se ha hecho en los cuatro años anteriores. Es necesario aportar una acreditación que justifique la solicitud: la entrada en una cooperación empresarial, por ejemplo, o la realización de la actividad como autónomo (no tiene por qué iniciarse necesariamente en el mismo momento).
Como mínimo, se establece el sesenta por ciento de la cantidad que todavía quede por abonar de la prestación. Los hombres de menos de treinta años y las mujeres menores de treinta y cinco pueden recibir, como máximo, un ochenta por ciento.
Es una medida de ayuda para las personas que quieran empezar una actividad como autónomos, o incorporarse como parte contribuyente en alguna sociedad y necesiten capital. Consiste en el abono de toda la cantidad restante del paro en un solo pago.
Para solicitar esta ayuda, hay que estar desempleado y estar percibiendo la prestación en el momento; deben restar al menos tres meses de la misma. Sólo se puede pedir, además, si no se ha hecho en los cuatro años anteriores. Es necesario aportar una acreditación que justifique la solicitud: la entrada en una cooperación empresarial, por ejemplo, o la realización de la actividad como autónomo (no tiene por qué iniciarse necesariamente en el mismo momento).
Como mínimo, se establece el sesenta por ciento de la cantidad que todavía quede por abonar de la prestación. Los hombres de menos de treinta años y las mujeres menores de treinta y cinco pueden recibir, como máximo, un ochenta por ciento.
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