La base de cotización es un porcentaje que se constituye en función de dos factores: el salario que el trabajador haya recibido cuando estaba empleado, y el resto de pagos extraordinarios que se reciban mensualmente (por ejemplo, las partes proporcionales de las pagas extras, abonos extraordinarios, incentivos, etc.). La base de cotización es lo que determina la cantidad de prestación que recibirá el contribuyente en situación de desempleo.
Hay unos importes mínimos y máximos que están en función de la categoría laboral a la que perteneciera el trabajador. Esto se conoce como tipo de cotización y es un valor que se revisa anualmente. El cálculo se puede realizar manualmente, mediante una fórmula; podemos encontrarla en la dirección http://www.weblaboral.net/sp/sp001bis.htm.
En cuanto a los autónomos, también ellos se rigen por las bases de cotización a la hora de calcular las indemnizaciones que les corresponden por enfermedad o accidente laboral; sin embargo, en su caso no se ajustan a un tipo fijo, sino que pueden cambiarlo por sí mismos en la página web de la Tesorería. Así, pueden escoger el que más les convenga en función de su actividad y sus ingresos. La dirección http://www.ibermutuamur.es/spip.php?page=formulario-cuota-autonomo ofrece una calculadora para ayudar a los autónomos en esta elección.
La base de cotización es un porcentaje que se constituye en función de dos factores: el salario que el trabajador haya recibido cuando estaba empleado, y el resto de pagos extraordinarios que se reciban mensualmente (por ejemplo, las partes proporcionales de las pagas extras, abonos extraordinarios, incentivos, etc.). La base de cotización es lo que determina la cantidad de prestación que recibirá el contribuyente en situación de desempleo.
Hay unos importes mínimos y máximos que están en función de la categoría laboral a la que perteneciera el trabajador. Esto se conoce como tipo de cotización y es un valor que se revisa anualmente. El cálculo se puede realizar manualmente, mediante una fórmula; podemos encontrarla en la dirección http://www.weblaboral.net/sp/sp001bis.htm.
En cuanto a los autónomos, también ellos se rigen por las bases de cotización a la hora de calcular las indemnizaciones que les corresponden por enfermedad o accidente laboral; sin embargo, en su caso no se ajustan a un tipo fijo, sino que pueden cambiarlo por sí mismos en la página web de la Tesorería. Así, pueden escoger el que más les convenga en función de su actividad y sus ingresos. La dirección http://www.ibermutuamur.es/spip.php?page=formulario-cuota-autonomo ofrece una calculadora para ayudar a los autónomos en esta elección.
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Hay unos importes mínimos y máximos que están en función de la categoría laboral a la que perteneciera el trabajador. Esto se conoce como tipo de cotización y es un valor que se revisa anualmente. El cálculo se puede realizar manualmente, mediante una fórmula; puede encontrarse, por ejemplo, en http://www.weblaboral.net/sp/sp001bis.htm.
En cuanto a los autónomos, también ellos se rigen por las bases de cotización a la hora de calcular las indemnizaciones que les corresponden por enfermedad o accidente laboral; sin embargo, en su caso no se ajustan a un tipo fijo, sino que pueden cambiarlo por sí mismos en la página web de la Tesorería. Así, pueden escoger el que más les convenga en función de su actividad y sus ingresos.
La base de cotización es un porcentaje que se constituye en función de dos factores: el salario que el trabajador haya recibido cuando estaba empleado, y el resto de pagos extraordinarios que se reciban mensualmente (por ejemplo, las partes proporcionales de las pagas extras, abonos extraordinarios, incentivos, etc.). La base de cotización es lo que determina la cantidad de prestación que recibirá el contribuyente en situación de desempleo.
Hay unos importes mínimos y máximos que están en función de la categoría laboral a la que perteneciera el trabajador. Esto se conoce como tipo de cotización y es un valor que se revisa anualmente. El cálculo se puede realizar manualmente, mediante una fórmula; podemos encontrarla en la dirección http://www.weblaboral.net/sp/sp001bis.htm.
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Hay unos importes mínimos y máximos que están en función de la categoría laboral a la que perteneciera el trabajador. Esto se conoce como tipo de cotización y es un valor que se revisa anualmente. El cálculo se puede realizar manualmente, mediante una fórmula; puede encontrarse, por ejemplo, en http://www.weblaboral.net/sp/sp001bis.htm.
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